1. Disposiciones generales
Consejería de Turismo y Deporte
Orden de 30 de agosto de 2018, por la que se da publicidad al incremento de
crédito disponible para las ayudas previstas en la Orden de 9 de abril de 2018,
por la que se convocan para el ejercicio 2018 las ayudas previstas en la Orden
de 15 de julio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas
al fomento de las infraestructuras turísticas ubicadas en zonas del patrimonio
natural de las entidades locales andaluzas, y se realiza la declaración de
créditos disponibles para el citado ejercicio 2018 y su distribución entre ámbitos
territoriales.
Mediante Orden de 9 de abril de 2018, se convocaron para el ejercicio 2018 las ayudas
previstas en la Orden de 15 de julio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al
fomento de las infraestructuras turísticas ubicadas en zonas del patrimonio natural de las
entidades locales andaluzas (BOJA núm 84, de 3 de mayo).
El artículo 1.3 de la indicada orden de convocatoria dispone que la línea de
subvenciones dirigidas al fomento de las infraestructuras turísticas ubicadas en zonas del
patrimonio natural de las entidades locales andaluzas se financiará con cargo a la partida
presupuestaria 1700170000 G/75D/76505/00 A1632092T1 2016000473, por un importe
total de 950.000,00 euros, de acuerdo con la siguiente distribución:
– Anualidad 2018: 712.500,00 euros.
– Anualidad 2019: 237.500,00 euros
Continúa señalando el citado artículo que excepcionalmente, a la cuantía total máxima
fijada para cada ejercicio se podrán adicionar créditos que aunque no figuren inicialmente
como disponibles en el Presupuesto en el momento de la convocatoria, se prevean obtener
en cualquier momento anterior a la resolución de concesión, por depender de un aumento
de crédito derivado de una generación, una ampliación o una incorporación de crédito.
La efectividad de esta cuantía adicional será establecida mediante una declaración de
disponibilidad del crédito con anterioridad a la resolución de concesión de subvención y
será realizada por orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de
turismo.
Por otra parte, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.2 de la Orden de 5
de octubre de 2015, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios
tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones
en régimen de concurrencia competitiva, de aplicación en este procedimiento, en
aquellos casos en los que, de conformidad con lo establecido en el apartado 2.d) del
cuadro resumen de las bases reguladoras, existiesen dos o más ámbitos territoriales y/o
funcionales de concurrencia competitiva, la citada cuantía máxima se deberá distribuir
entre dichos ámbitos en los importes que indique la convocatoria o, en su defecto, en una
declaración posterior de distribución de créditos realizada con anterioridad al comienzo
de la evaluación previa.
En todo caso, se señala igualmente en ambas órdenes que tanto la declaración de
aumento de crédito como la distribución de créditos entre ámbitos territoriales distintos se
deberá formular por parte de quien efectuó la convocatoria y en los mismos medios de
publicidad que ésta.
De acuerdo con todo lo anterior,
00142059
Número 178 – Jueves, 13 de septiembre de 2018
página 11
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 – 802X http://www.juntadeandalucia.es/eboja
BOJA
D I S P O N G O
Primero. Dar publicidad, con carácter previo a la resolución de concesión de las
ayudas y en los mismos medios que la convocatoria, al incremento de crédito disponible
para las ayudas previstas en la Orden de 9 de abril de 2018, de la Consejería de Turismo
y Deporte, por la que se convocan para el ejercicio 2018 las ayudas previstas en la Orden
de 15 de julio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión
de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de las
infraestructuras turísticas ubicadas en zonas del patrimonio natural de las entidades
locales andaluzas, por una cuantía adicional de 1.000.000,00 euros, con cargo a la partida
presupuestaria 1700170000 G/75D/76505/00 A1632092T1 2016000473
Segundo. Declarar disponible para la presente convocatoria la cantidad de
1.950.000,00 euros, con cargo a la partida presupuestaria indicada en el apartado
anterior y aprobar la distribución de los créditos disponibles señalados entre los distintos
ámbitos territoriales establecidos en el apartado 2.d) del cuadro resumen de la Orden
de 15 de julio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión
de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de las
infraestructuras turísticas ubicadas en zonas del patrimonio natural de las entidades
locales andaluzas, cuya convocatoria se ha efectuado en virtud de la Orden de 9 de abril
de 2018, en los siguientes términos:
Almería Cádiz Córdoba Granada Huelva Jaén Málaga Sevilla
IMPORTE 2018 185.445,00 138.937,50 151.807,50 256.961,25 168.480,00 278.021,25 143.910,00 138.937,50
IMPORTE 2019 61.815,00 46.312,50 50.602,50 85.653,75 56.160,00 92.673,75 47.970,00 46.312,50
TOTAL 247.260,00 185.250,00 202.410,00 342.615,00 224.640,00 370.695,00 191.880,00 185.250,00
Tercero. Esta declaración de incremento y disponibilidad del crédito y la distribución
territorial del montante total del mismo no implica la apertura de un nuevo plazo para
presentar solicitudes, ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para adoptar y notificar la
resolución
https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2018/178/BOJA18-178-00002-14760-01_00142059.pdf
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